La Fiscal General de Justicia de la Ciudad de México, presentó una iniciativa al Congreso capitalino para crear el artículo 293 Quater, con el que se busca sancionar a servidores públicos que filtren imágenes, archivos o información de una carpeta de investigación en trámite.
El documento entregado a los integrantes de la Mesa Directiva y de la Comisión de Procuración de Justicia del Congreso Capitalino, establece que el servidor público que indebidamente difunda imágenes, audios, videos o documentos del lugar de los hechos, evidencias o relacionados con un hecho que la ley señala como un delito, se le castigará con prisión de dos a ocho años y una multa de entre 43 mil 440 a 86 mil 880 pesos.
En caso de que se trate de imágenes, audios o videos de cadáveres o partes de cuerpo, de las circunstancias de la muerte, de las lesiones o estado de salud, las penas se incrementarán una tercera parte.
Cuando se trate de información sobre mujeres, niñas, adolescentes, las penas se incrementarán hasta 12 años de prisión y en caso de que el servidor público que filtre la información sea un integrante de alguna institución policial, podrían ir a prisión hasta por 16 años.