Propone Morena ‘candados´ para Auditor Superior

El Grupo Parlamentario de Morena presentó una iniciativa para reformar la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México y que impide a dirigentes partidistas, magistrados, jueces, alcaldes y titulares de organismos auxiliares ocupar el cargo de Auditor Superior.

Al presentar la propuesta en tribuna, la diputada Mariana Uribe Bernal precisó que muchos personajes han ocupado sus puestos para obtener beneficios para sí o para otras personas, agravando dichas conductas pues son en perjuicio de la Federación, del Estado o de los Municipios.

Para evitar estas situaciones deben utilizarse los instrumentos de fiscalización, para regular de manera eficiente, transparente y oportuna la revisión de la gestión financiera de los poderes públicos, los municipios y los órganos autónomos.

Apuntó que la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México está rebasada y algunos aspectos exceden lo señalado en las constituciones federal y local, por lo que deben hacerse adecuaciones, en contexto de la próxima designación del Auditor Superior del Órgano Superior de Fiscalización.

La norma actual establece como requisito no haber sido, durante los tres años anteriores a su designación, ni miembro o dirigente de partido político alguno, lo cual consideran exagerado pues muchos partidos políticos han incurrido en prácticas de afiliación a sus institutos de personas que en muchas ocasiones ni siquiera saben que fueron agregadas a sus padrones




Uribe Bernal apuntó que el simple hecho de aparecer incluso de manera voluntaria en sus partidos imposibilita a cualquier ciudadano para acceder a este cargo aunque no se tenga una participación política activa.

“Consideramos necesario hacer más accesibles los requisitos para poder ser Auditor Superior y reformar el artículo que señala los mismos, pero sobre todo no incurrir en violaciones a otros ordenamientos superiores garantizando los derechos consagrados en nuestras constituciones federal y local”, destacó la legisladora .

El proyecto reforma el artículo 17 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México, y establece no haber sido durante los tres años anteriores a su designación, titular de dependencias u organismos auxiliares del Poder Ejecutivo del Estado, Magistrado, Juez, Presidente Municipal, integrante de tribunales administrativos, organismos autónomos estatales o dirigente de partido político alguno.

Asimismo, prohíbe al Auditor Superior y a los Auditores Especiales, que durante el ejercicio de su cargo sean dirigentes de partido político alguno.

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