Proponen incorporar el delito de Pederastia al Código Penal del Edomex

La diputada María Lorena Marín Moreno, a nombre del Grupo Parlamentario del PRI en la 60 Legislatura, propuso incorporar al Código Penal del Estado de México el delito de pederastia con penas de nueve a 18 años de prisión y sanción económica de hasta 2 mil 250 días-multa.

La diputada expusó que con esta iniciativa de reforma al artículo 269 del Código, se permitirá fortalecer la protección de los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes mexiquenses, incorporando el delito de pederastia en la legislación penal sustantiva de la entidad, con base en el tipo penal previsto en el ámbito federal.

Lorena Marín agregó que el delito de pederastia ya lo incluye la legislación de los estados de Baja California, Chiapas, Durango y Veracruz, y recordó que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó en 2018 un punto de acuerdo por el que se exhortó a los Congresos locales a homologar sus Códigos Penales en esta materia con base en los artículos 209 bis y 209 ter del Código Penal Federal.



Por último, precisa que, cuando el delito fuera cometido por un servidor público o un profesionista en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, además de la pena de prisión antes señalada, será inhabilitado, destituido o suspendido de su empleo público o profesión por un término igual que el de la pena impuesta.

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